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REGLAMENTO PARA COMPETENCIA DE ARMA CORTA Apéndice F2 - Procedimiento de Prueba de Peso del Disparador Cuando en una División se requiere un peso mínimo para el disparador, las armas serán probadas como sigue: 1. El arma descargada debe ser preparada como si estuviera pronta para efectuar un disparo en doble acción; 2. El contrapeso para el gatillo o balanza será fijada tan cerca como sea posible al centro de la cara del gatillo; 3. El gatillo del arma debe tanto: (a) Levantar y mantener un peso de 2.27 kilos (5 libras) cuando la boca del cañón del arma esté apuntada verticalmente hacia arriba y el arma es lentamente levantada, o (b) Registrar no menos de 2.27 kilos (5 libras) en una balanza usando el procedimiento especificado por el Maestro de Campo; 4. Una de las pruebas de arriba debe ser conducida un máximo de 3 (tres) veces; 5. Si el martillo o percutor no cae en 1 (uno) de los 3 (tres) intentos de 3(a), o registra no menos de 2.27 kilos (5 libras) en 3(b), el arma habrá pasado la prueba. 6. Si el martillo o percutor cae en los 3 (tres) intentos de 3(a), o si la balanza registra menos de 2.27 kilos (5 libras) en 3(b), el arma habrá fallado en la prueba y se aplicará la Regla 6.2.5.1.
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