REGLAMENTO PARA COMPETENCIA DE ARMA CORTA

Capítulo 11 - Arbitraje e Interpretación de las Reglas

11.1 Principios Generales

    11.1.1 Administración - Es inevitable que, en actividades competitivas gobernadas por reglas, se presenten ocasionales disputas. Está reconocido que, a los más altos niveles de competición, los resultados son mucho más importantes para el competidor individual. Sin embargo, una administración y planificación efectiva del match, evitará la mayoría, si no todas, las disputas.

    11.1.2 Acceso - Las protestas pueden ser enviadas para arbitraje de acuerdo con las siguientes reglas, por cualquier asunto excepto donde sea específicamente denegado por otra regla. Las protestas provenientes de una descalificación por una infracción de seguridad sólo serán aceptadas para determinar si las circunstancias excepcionales justifican o no una reconsideración de la descalificación del match. Sin embargo, la comisión de la infracción, tal como la describe el Oficial de Campo (Range Officer), no está sujeta a objeción o apelación.

    11.1.3 Apelaciones - Las decisiones las toma inicialmente el Oficial de Campo (Range Officer). Si el querellante está en desacuerdo con una decisión, se debería llamar al Jefe de Oficiales de Campo (Chief Range Officer) para la etapa o área en cuestión, para que decida. Si el desacuerdo persiste, se debe pedir al Maestro de Campo (Range Master) que decida.

    11.1.4 Apelación al Comité - En caso que el querellante continúa estando en desacuerdo con la decisión, él puede apelar al Comité de Arbitraje enviando una protesta formal.

    11.1.5 Retención de Evidencia - Se requiere al querellante, que informe al Maestro de Campo (Range Master), su deseo de presentar una apelación al Comité de Arbitraje y puede pedir que los oficiales retengan cualquier y toda la documentación relevante u otra evidencia, en espera de la audiencia. No serán aceptadas como evidencia grabaciones de audio y/o video.

    11.1.6 Preparación de la Apelación - El querellante es responsable de la preparación y envío de la solicitud escrita, junto con el canon apropiado. Ambos deben ser enviados al Maestro de Campo (Range Master) dentro del período de tiempo especificado.

    11.1.7 Obligaciones de los Oficiales del Match - Cualquier oficial del match que reciba una solicitud de arbitraje debe, sin demora, informar al Maestro de Campo (Range Master) y debe tomar nota de todos los testigos y oficiales involucrados y pasar esta información al Maestro de Campo (Range Master).

    11.1.8 Obligaciones del Director del Match - Al recibir la apelación de manos del Maestro de Campo (Range Master), el Director del Match debe reunir al Comité de Arbitraje en un lugar privado lo antes posible.

    11.1.9 Obligaciones del Comité de Arbitraje - El Comité de Arbitraje está obligado a observar y aplicar las actuales Reglas de la IPSC y emitir una decisión consistente con esas reglas. Cuando sea necesario interpretación de las reglas, o cuando un incidente no está específicamente cubierto por las mismas, el Comité de Arbitraje usará su mejor juicio en el espíritu de las reglas.

11.2 Composición del Comité

    11.2.1 Comité de Arbitraje - En los matches de Nivel III o superior, la composición del Comité de Arbitraje está sujeta a las siguientes reglas:

      11.2.1.1 El presidente de la IPSC, o su delegado, o un Oficial de Campo certificado nominado por el Director del Match (en ese orden), servirá como presidente del comité, sin voto.

      11.2.1.2 Tres (3) árbitros serán nominados por el presidente de la IPSC, o su delegado, o por el Director del Match, (en ese orden), con un voto cada uno.

      11.2.1.3 Cuando sea posible, los árbitros deberían ser competidores del match y deberían ser Oficiales de Campo certificados.

      11.2.1.4 Bajo ninguna circunstancia debe, el Presidente ni ningún miembro del Comité de Arbitraje, ser una parte de la decisión inicial o subsiguientes apelaciones, las cuales llevaron al arbitraje.

    11.2.2 Comité de Arbitraje - Para matches Niveles I y II, el Director del Match puede nominar un Comité de Arbitraje de 3 (tres) tiradores con experiencia que no sean parte de la apelación y que no tengan ningún conflicto de intereses con el resultado del caso. Los árbitros deberían ser Oficiales de Campo certificados de ser posible. Todos los miembros del comité votarán. El Oficial de Campo senior (más veterano), o el mayor de los tiradores, si no hay Oficiales de Campo, oficiará de presidente.

11.3 Límites de Tiempo y Secuencias

    11.3.1 Límite de Tiempo para Petición de Arbitraje - Las peticiones por escrito de arbitraje deben ser enviadas al Maestro de Campo (Range Master) dentro de 1 (una) hora del incidente u ocurrencia en disputa. La no presentación de la documentación necesaria dentro del tiempo especificado dejará sin validez la petición y no se tomarán más acciones.

    11.3.2 Tiempo Límite de Decisión - El comité debe llegar a una decisión dentro de las 24 horas de presentada la solicitud de arbitraje o antes de que los resultados hayan sido declarados definitivos por parte del Director del Match, cualquiera sea lo que ocurra primero. Si el comité no puede llegar a una decisión en dicho período, ambos querellantes, de primera parte y terceras partes (ver Sección 11.7), automáticamente tendrán éxito en sus apelaciones, y el canon será devuelto.

11.4 Tarifas

    11.4.1 Monto - Para los matches Nivel III o superiores, el canon de apelación que permite a un querellante apelar por arbitraje, será de US$ 100.00 (dólares americanos cien con 0/00) o el equivalente del máximo canon de inscripción individual al match (lo que sea menor), en moneda local. El canon de apelación para otros matches puede ser fijado por los organizadores del mismo, pero no debe exceder los US$ 100.00 (dólares americanos cien con 0/00) o equivalente en moneda local. Una apelación conducida por el Maestro de Campo (Range Master) con respecto a un asunto del match, no incurrirá en canon.

    11.4.2 Pago - Si la decisión del Comité es preservar la apelación, el canon pagado será devuelto. Si la decisión del Comité es de denegar la apelación, el canon de apelación debe enviarse al Instituto Regional o Nacional de Oficiales de Campo (IROC o INOC) (RROI o NROI), con respecto a matches Nivel I y II, y al International Range Officers Association (IROA), con respecto a matches Nivel III y superiores.

11.5 Reglas de Procedimiento

    11.5.1 Obligaciones y Procedimiento del Comité - El Comité estudiará la presentación escrita y retendrá, en beneficio de los organizadores, los dineros pagados por el querellante hasta que se alcance una decisión.

    11.5.2 Presentaciones - Después, el Comité puede pedir al querellante que dé, personalmente, más detalles de su protesta y puede interrogarlo sobre cualquier punto relevante de la misma.

    11.5.3 Audiencia - Se le puede pedir al querellante que se retire mientras el Comité analiza más evidencia.

    11.5.4 Testigos - Después, el Comité puede escuchar a los Oficiales del Match, así como otros testigos, involucrados en la apelación. El Comité examinará toda la evidencia presentada.

    11.5.5 Preguntas - El Comité puede interrogar a los oficiales y testigos en relación a cualquier punto relevante de la apelación.

    11.5.6 Opiniones - Los miembros del Comité evitarán expresar cualquier opinión o veredicto mientras una apelación se encuentre en curso.

    11.5.7 Inspección del Área - El Comité puede observar cualquier pedana o área relacionada con la apelación y solicitará a cualquier persona u oficial a quien considere útil al proceso que lo acompañe.

    11.5.8 Influencia Indeseada - Cualquier persona que intente influenciar a los miembros del Comité de cualquier modo que no sea presentando evidencia, puede estar sujeta a acciones disciplinarias a discreción del Comité de Arbitraje.

    11.5.9 Deliberación - Cuando el Comité esté satisfecho de que está en posesión de toda la información y evidencia relevante a la apelación, ellos deliberarán en privado y alcanzarán su decisión por voto mayoritario.

11.6 Veredicto y Acciones Subsiguientes

    11.6.1 Decisión del Comité - Cuando se haya alcanzado la decisión por parte del Comité, éste deberá citar al querellante y al Maestro de Campo (Range Master) para presentar su fallo.

    11.6.2 Implementación de la Decisión - Será responsabilidad del Maestro de Campo (Range Master) el implementar la decisión del Comité. El Maestro de Campo Range Master) comunicará al personal apropiado del match quien publicará la decisión en un lugar al alcance de todos los competidores. La decisión no es retroactiva y no afectará cualquier incidente anterior a la decisión.

    11.6.3 La Decisión es Final - La decisión del Comité es final y no puede ser apelada a no ser que, en opinión del Maestro de Campo (Range Master), se haya recibido nueva evidencia, después de la decisión, que justifique una reconsideración.

    11.6.4 Minutas - La decisión del Comité de Arbitraje será registrada y proveerá precedentes para cualquier incidente similar durante el match.

11.7 Apelaciones de Terceros

    11.7.1 También pueden ser presentadas apelaciones por otras personas en una base de "apelación de terceras partes". En tales casos, todas las previsiones de este Capítulo permanecerán válidas.

11.8 Interpretación de las Reglas

    11.8.1 La interpretación de estas reglas y regulaciones es la responsabilidad del Concilio Ejecutivo de IPSC.

    11.8.2 Las personas que busquen aclaración de cualquier regla, deben enviar sus preguntas por escrito, tanto sea por fax, correo o e-Mail, a las oficinas centrales de IPSC.

    11.8.3 Todas las interpretaciones de las reglas publicadas en el sitio web de IPSC serán consideradas como precedentes y serán aplicadas a todos los matches con sanción de IPSC, que comiencen a los 7 días, o después, de la fecha de publicación. Tales interpretaciones están sujetas a ratificación o modificación en la siguiente Asamblea de IPSC.

     

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